Cómo hacer una denuncia por acoso en España

Empezamos por responderte de manera breve  cómo hacer una denuncia por acoso en España. Para hacer una denuncia por acoso en España, debes acudir a cualquier comisaría de Policía Nacional, Guardia Civil o juzgado de guardia y relatar los hechos con la mayor claridad posible, aportando fechas, detalles y pruebas como mensajes, capturas de pantalla o testigos si los tienes. No es necesario tener un abogado en ese momento, pero contar con uno desde el inicio puede ayudarte a proteger mejor tus derechos. Una vez presentada la denuncia, el juzgado puede iniciar una investigación y, si existe riesgo para tu seguridad, ordenar medidas de protección como la orden de alejamiento o la prohibición de contacto.

Si has llegado hasta aquí es porque algo no va bien. Tal vez llevas semanas, meses o incluso años sintiendo miedo, ansiedad o incomodidad cada vez que recibes un mensaje, ves una mirada, escuchas pasos tras de ti o abres tus redes sociales. Puede que alguien te esté siguiendo, llamando, enviando mensajes constantes o controlando tus movimientos. Y aunque has intentado normalizarlo o ignorarlo, sabes en tu interior que esto no es normal: es acoso.

El acoso no siempre empieza con gritos o amenazas. A veces comienza con silencios incómodos, vigilancias disimuladas o una insistencia constante que no cesa. Muchas personas no se atreven a denunciar por miedo a no ser creídas, por vergüenza o por no saber si lo que viven es realmente “grave”. Pero lo es. Si interfiere en tu tranquilidad, tu rutina o tu seguridad, no tienes por qué soportarlo.

Este artículo está escrito para ti. Queremos darte herramientas claras, humanas y legales para que sepas cómo denunciar por acoso en España, cómo protegerte y qué pasos seguir para que la ley te ampare. Porque no estás sola, y porque tienes derecho a vivir en paz.

1. ¿Qué se considera acoso legalmente y cómo saber si lo estás sufriendo?

El primer paso para actuar es reconocer que lo que estás viviendo puede ser acoso. El Código Penal español define el acoso (también conocido como “stalking”) en el artículo 172 ter como una conducta insistente y reiterada que altera gravemente la vida cotidiana de otra persona.

¿Qué conductas pueden constituir acoso?

  • Llamadas o mensajes constantes, incluso si no contienen amenazas.

  • Seguirte en la calle o aparecer sin aviso en tu trabajo, casa o lugares que frecuentas.

  • Vigilar tus redes sociales o espiarte digitalmente.

  • Contactar con tus familiares, amigos o compañeros para obtener información sobre ti.

  • Realizar gestos o actos que te generen miedo o incomodidad.

No necesitas que te agredan físicamente para denunciar. Basta con que esas acciones se repitan y generen una afectación real en tu día a día: miedo a salir sola, cambiar tus hábitos, dormir mal, sufrir ansiedad, entre otros.

Importante: el acoso puede venir de una expareja, un compañero de trabajo, un vecino, un desconocido o incluso alguien con quien tienes relación actual. El vínculo no impide que se considere delito.

2. Primer paso: ¿debo ir a la policía, al juzgado o al abogado?

Cuando decides denunciar, es normal que no sepas por dónde empezar. ¿A quién acudes primero? ¿Qué debes decir? ¿Necesitas pruebas? Vamos paso a paso.

a) Puedes denunciar ante:

  • La Policía Nacional

  • La Guardia Civil

  • Los Mossos d’Esquadra o la Ertzaintza, según tu comunidad autónoma.

  • El juzgado de guardia directamente.

Solo necesitas tu DNI y contar tu historia. No hace falta que tengas un abogado en ese momento (aunque es muy recomendable si puedes permitírtelo). Si hay riesgo inmediato, no dudes en acudir a la policía o llamar al 112.

b) ¿Qué contar en tu denuncia?

Sé lo más concreta posible. Indica:

  • Cuándo empezaron los hechos y en qué consisten.

  • Si hay testigos o personas cercanas que puedan confirmar tu relato.

  • Si cambiaste rutinas por miedo (ej. dejaste de ir al trabajo a pie, cambiaste de número, etc.).

  • Adjunta pruebas: capturas de mensajes, correos, grabaciones, fotos o testimonios.

No te preocupes si no lo tienes todo. El testimonio de la víctima es válido y puede ser suficiente si se considera coherente y creíble.

c) ¿Y si tengo miedo de denunciar?

Es completamente normal. Si tienes miedo de represalias o te sientes insegura, puedes pedir protección inmediata. En algunos casos se activan medidas urgentes como:

  • Orden de alejamiento.

  • Prohibición de comunicación.

  • Protección policial.

La denuncia es tu escudo legal. Es el primer paso para que las instituciones puedan ayudarte.

3. ¿Qué pasa después de denunciar? Así es el proceso penal

Una vez interpones una denuncia por acoso, se pone en marcha el mecanismo judicial. Saber qué puedes esperar puede darte tranquilidad y ayudarte a prepararte emocionalmente.

a) Admisión de la denuncia

El juzgado o la policía envían tu denuncia al juzgado de instrucción. Si el juez considera que hay indicios de delito, abre diligencias previas y el caso sigue adelante.

b) Declaración del denunciado

La persona denunciada será citada para declarar como investigada. A partir de ese momento, tendrá derecho a abogado y se le informará de los hechos.

c) Investigación

Durante esta etapa se recogen pruebas. Tú puedes aportar más pruebas, solicitar testigos o informes psicológicos. También es habitual que se te cite para declarar ante el juez.

d) Medidas de protección

Si aún no las tienes, puedes pedir al juez medidas como:

  • Orden de alejamiento.

  • Prohibición de comunicarse contigo.

  • Medidas de protección para tus hijos si los hay.

e) Juicio

Si el juez considera que hay pruebas suficientes, el caso irá a juicio. No te preocupes: irás acompañada por tu abogado/a y el fiscal, y puedes contar con asistencia psicológica si lo necesitas.

f) Sentencia

El juez decidirá si hubo delito. Si hay condena, el agresor puede recibir penas de prisión, multa o medidas como cursos obligatorios, alejamiento prolongado o control telemático.

4. ¿Qué tipo de protección ofrece la ley a las víctimas de acoso?

La legislación española contempla diferentes medidas para protegerte durante y después del proceso judicial. Algunas de ellas son automáticas, otras deben solicitarse con ayuda de tu abogado/a o el fiscal.

Medidas urgentes:

  • Orden de protección: se puede dictar en 72 horas desde la denuncia. Implica alejamiento y protección policial si hay riesgo.

  • Prohibición de contacto: la persona denunciada no puede hablar contigo por ninguna vía, ni directamente ni a través de terceros.

  • Cambio de domicilio, centro educativo o lugar de trabajo, si es necesario.

Medidas judiciales durante el proceso:

  • Comparecencias periódicas del agresor.

  • Retirada de armas si las tiene.

  • Internamiento preventivo en casos graves.

Medidas psicosociales:

  • Acceso a servicios psicológicos especializados.

  • Atención en centros de ayuda a víctimas.

  • Apoyo desde servicios sociales municipales o autonómicos.

5. ¿Y si el acoso es en el trabajo, por redes sociales o por una expareja?

El acoso puede adoptar muchas formas y contextos. Cada uno tiene matices específicos que vale la pena entender.

a) Acoso por una expareja

Muy común y especialmente grave. Si has roto una relación y la otra persona te sigue, te llama, te espera o intenta controlarte, es acoso. Incluso si no hay insultos ni violencia.

Consejo: nunca respondas a sus mensajes si no lo deseas. Guarda todo como prueba.

b) Acoso laboral (mobbing)

Si un compañero, jefe o subordinado te humilla, te excluye, te ridiculiza o crea un ambiente hostil, puedes denunciarlo. No hace falta que haya agresión física.

Puedes denunciar por la vía penal (delito contra la integridad moral) y también por la vía laboral (inspección de trabajo, recursos humanos, etc.).

c) Ciberacoso

El acoso por redes sociales, correo electrónico, foros o aplicaciones es totalmente denunciable. Si te amenazan, vigilan, insultan o controlan por internet, imprime todo y denuncia.

Muchos agresores creen que el anonimato digital los protege, pero los cuerpos policiales tienen herramientas para rastrear estas conductas.

6. Consejos si temes por tu seguridad: cómo cuidarte mientras el proceso avanza

Sabemos que, incluso después de denunciar, el miedo no desaparece. Aquí van algunas recomendaciones para protegerte emocional y físicamente:

Rodéate de apoyo

Cuéntale a personas de confianza lo que estás viviendo. Ellas pueden ayudarte a estar más segura y actuar si algo sucede.

Haz cambios estratégicos

Cambia contraseñas, revisa la configuración de privacidad en redes sociales, evita rutinas predecibles.

Contacta con asociaciones de ayuda a víctimas

Organizaciones como VICTIMAS.ES, Fundación ANAR, FAMUVI o el 016 (violencia de género) pueden brindarte apoyo legal, psicológico y logístico.

Documenta todo

Lleva un diario de hechos con fechas, lugares y detalles. Te servirá para reforzar tu caso.

Confía en ti

Aunque te digan que exageras o que “no es para tanto”, si tú sientes que tu tranquilidad está siendo vulnerada, es motivo suficiente para actuar.

Conclusión: tu dignidad vale más que tu miedo

Denunciar por acoso no es un acto de venganza. Es un acto de protección y valentía. Significa que estás decidiendo recuperar tu vida, tu espacio, tu tranquilidad. Significa que no vas a normalizar el miedo, ni vas a vivir con el peso de tener que justificar cada paso que das.

Sabemos que no es fácil. Hay dudas, miedo al qué dirán, temor a represalias o al sistema. Pero también hay apoyo, herramientas, profesionales y leyes que están de tu lado. Denunciar es el primer paso para poner límites claros y decir “basta”.

No estás sola. Si necesitas ayuda, acude. Si necesitas pruebas, recopílalas. Si necesitas fuerza, búscala en tu historia, en lo que has vivido y en lo que ya no quieres seguir soportando.

Denunciar por acoso es tu derecho. Y ejercerlo es un acto de dignidad.

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